Al ginecólogo lo esperan otros dos juicios similares.
El STJ ratificó la condena del 2007 por una violación.
- El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro confirmó "en todas sus partes" la sentencia dictada contra el ginecólogo de Cinco Saltos Carlos Anzaldo, actualmente preso por la violación, cometida en su consultorio, de una de sus alumnas del secundario.
El máximo tribunal de la provincia dejó firme la pena de 10 años de prisión y la inhabilitación especial que le había dictado la Cámara Criminal de Cipolletti en noviembre de 2007 por abusar sexualmente de una adolescente, la que al momento de los hechos tenía 17 años.
Aunque el STJ había admitido el recurso de casación planteado por los abogados defensores Oscar Pandolfi y Gustavo Palmieri, evaluó luego que en su "minucioso análisis del proceso" no encontró fisuras legales en la sentencia condenatoria. Los jueces de Viedma opinaron que fue correcta la valoración que hicieron los camaristas de todas las pruebas de la causa, incluido el testimonio de la propia víctima, la cual había sido tildada de "mendaz" por la defensa de Anzaldo.
"Esta sentencia reivindica a todas y cada una de las víctimas que no pudieron o no las dejaron denunciar en su momento", dijo Hilda Maggioni, una de las integrantes del grupo de apoyo a las víctimas de abusos y violaciones en Cinco Saltos.
Anzaldo tiene otros dos procesamientos confirmados por hechos similares y ambos casos están en las puertas del juicio oral: uno es por violación y el otro por abuso sexual simple. En ambos casos se trata de mujeres que al momento de los hechos eran menores de edad y alumnas suyas en el CEM 72, donde el ginecólogo daba clases de biología.
La lectura del fallo del STJ en el que se confirmó la sentencia de 2007 se llevó a cabo el jueves a las 20 en la sala de audiencias del Superior Tribunal de Justicia, en la capital de la provincia.
Para la lectura había llegado a Viedma al menos una docena de mujeres del Alto Valle, pertenecientes al grupo de apoyo, quienes acompañaron a la víctima, y la abogada querellante Romina Sckmunk.
Sin embargo, el grupo debió permanecer fuera de la sala. Según se les informó, como se trata de un delito de instancia privada sólo podrían permanecer en el recinto la denunciante -que ya es mayor de edad- y su abogada.
"No se han fragmentado las pruebas, ni analizado las mismas de manera aislada, sino que se las ha correlacionado entre sí de manera armónica, lo que pone la sentencia a resguardo de la atribución de arbitrariedad"; recalcaron los vocales del tribunal superior, quienes consideraron acreditados los dichos de la víctima.
"Estamos conformes porque se hizo Justicia; hubo temor porque esta definición -de confirmar el fallo- se demoró más de dos años y traía alguna incertidumbre, pero ahora la sensación es de alegría y alivio de que los vocales hayan tomado en cuenta las declaraciones de la víctima y que le hubieran creído, porque la defensa había puesto en duda no sólo esto, sino también el accionar de los jueces tanto de la instrucción como los que actuaron en el juicio", opinó ayer Maggioni.
"Estamos esperando que se conforme el nuevo tribunal oral porque la defensa ahora ha logrado recusar a todos los jueces penales y deberán hacer un tribunal con jueces civiles y comerciales para los próximos dos juicios que vienen por delante", finalizó la referente.
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