Luego de una extensa jornada en la que se escucharon los alegatos de la fiscalía, la defensa y los testigos de las partes, entre ellos el presidente del Consejo Mundial Judío Eduardo Elzstain, el juez de la causa condenó a Juan Carlos Beica con 6 meses de prisión, en suspenso por su carácter de luchador antisionista.
El magistrado tomó esta decisión después de explicar que Juan Carlos Beica era culpable de “alentar e incitar la persecución contra un sector de la comunidad judía, en particular contra Eduardo Elzstain…” y de “realizar discursos claramente discriminatorios” en varios actos de repudio a la invasión a la Franja de Gaza por parte del ejército de Israel. Este fallo sienta un precedente gravísimo, ya que además de ser funcional a la política de criminalización de la protesta incorpora uno de los argumentos más reaccionarios que esgrimen aquellos que defienden al estado terrorista de Israel, el que plantea que “todo ataque al sionismo es de contenido un ataque al judaísmo…” En ese sentido el juez, que condenó a Beica por su militancia antisionista, expresó que no era correcto comparar la política de exterminio de los judíos llevada adelante por los nazis con la que implementa el Estado de Israel contra el pueblo palestino, porque los palestinos, a diferencia de los judíos, “se pueden defender…” Los dirigentes y organizaciones que se reclaman democráticas y populares tendrían que reunirse rápidamente para coordinar acciones de repudio a esta sentencia y para impedir nuevos fallos reaccionarios contra los luchadores y luchadoras populares, particularmente quienes levantan su voz de protesta contra los crímenes del estado de Israel.
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